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Evaluación
de Procedimientos |
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PROYECTOS
DE INVESTIGACIÓN
Solicitud de
Evaluación de un Procedimiento de Experimentación
Impreso
de solicitud (versión septiembre-2023; en formato
word)
RESUMEN
NO TÉCNICO DE PROYECTOS (Art. 36, RD53/2013)
Proyectos de Tipo II y III
Antes de su envío a la Comisión, una vez cumplimentado
se recomienda una validación para detectar errores. Esta validación
puede realizarse en el portal web ALURES de la Comisión Europea
(pinchar
aquí).
Modelo
(.xls)
Writing
Non-Technical Summaries. A researcher's guide (Understanding Animal
Research).
EVALUACIÓN
RETROSPECTIVA (Art. 35, RD53/2013)
El órgano habilitado realizará una evaluación
retrospectiva de aquellos proyectos:
a) En los que se utilicen primates.
b) En los que se incluyan procedimientos clasificados como "severos".
c) En los contemplados en la disposición adicional segunda
de este real decreto.
d) En aquellos cuya evaluación según el artículo
34 así lo haya determinado.
Impreso
(versión noviembre
2021).
Normativa.
Recomendaciones.
PRÁCTICAS
DOCENTES
Solicitud
del Certificado de Buena Práctica en Experimentación Animal
aplicado a la Docencia (versión septiembre 2023)
Categoría
1:
en la práctica se utilizarán animales
vertebrados muertos o muestras procedentes de animales vertebrados
no eutanasiados expresamente para realizar la práctica. |
Categoría
2:
animales vertebrados eutanasiados expresamente
para realizar la práctica. |
Categoría
3:
en la práctica se utilizan muestras obtenidas
de animales vertebrados vivos, y se hace recogida de muestras
que no implica necesariamente la eutanasia del animal. Después
de obtener la/s muestra/s, el animal no es sometido a ninguna
otra manipulación. |
Categoría
4:
durante la realización de la práctica
se utilizan animales vivos. Se incluyen las prácticas con
animales anestesiados. |
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Renovación
de Procedimientos |
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PRÓRROGA
DE VALIDEZ DE PROCEDIMIENTOS
La normativa actual (RD 53/2013, art. 33.5) establece
que las autorizaciones de proyectos se concederán por un periodo
máximo de cinco años. Por ello, la Comisión
en su sesión de 3 de octubre de 2013, acordó suprimir el
procedimiento existente para prorrogar la validez de procedimientos y,
en los nuevos procedimientos que se informen y/o autoricen ampliar la
validez al máximo permitido.
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Modificación
de Procedimientos |
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COMUNICACIÓN
DE MODIFICACIONES DE PROCEDIMIENTOS
Para procedimientos experimentales o docentes, previamente
aprobados por la CEAEA, con modificaciones relevantes que se pretendan
introducir durante la realización y que no consten en el documento
inicial presentado para evaluación por la Comisión.
Normativa
Instrucciones
Impresos: en formato word
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Autorización
de procedimientos |
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AUTORIZACIÓN
DE PROCEDIMIENTOS
La autorización de procedimientos corresponde a
la autoridad competente, en el caso de Aragón, a la Dirección
General de Calidad y Seguridad Alimentaria, del Departamento de Agricultura
Ganadería y Medio Ambiente.
Algunos procedimientos pueden requerir además autorizaciones específicas
a una serie de excepciones previstas en el RD53/2013. Estas excepciones
están listadas en la Sección 11 de la solicitud de evaluación
y deben acompañarse de una justificación adicional.
La Comisión Ética, en caso de que el investigador delegue
en ella, tramita esta autorización una vez evaluado el procedimiento.
En el caso de que el investigador quiera hacer estos trámites,
la solicitud está disponible pinchando aquí.
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